Dia 29 del mes de Mayo de 1595
Yo, Llois Cayxí, pagés de Tortosa, menor de días, hijo de Miquel Cayxí , pagés de dicha ciudad y de Joana Abencomeyx, su mujer, postrado en el lecho de enfermedad corporal, estando sin embargo en mi buen sentido hago mi último testamento:
Revocando,
Las albaceas de mi ánima a Llois y Ramín Cayxí, hermanos míos, a los cuales encomiendo:
Que mis deudas sean pagadas
Que le den sepultura a mi cuerpo en la Iglesia Parroquial de Sant Jaume en el vaso de mis padres.
En los actos del entierro quiero que estén diez capellanes en cualquiera de ellos.
Item, quiero sea dicha misa de Cuerpo Presente en la dicha Iglesia de Sant Jaume
Item, quiero que en la dicha Iglesia de Sant Jaume sean dichas por mi ánima doce misas, así es 6 misas en el altar mayor de dicha Iglesia, 3 en el altar de Sant Antoni y tres en el altar de las animas para los cuales,
Item, lego y dejo a Angela Cayxí hija mía y de Isabel Fons mi mujer, de nueve años poco mas o menos, para toda, a saber parte legítima y suprimiéndola de aquella y por todo otro derecho que pueda tener sobre mis bienes, doscientas libras moneda… en las cuales es herencia mía particular, la hago e instituyo.

Figura 1.-Vista de la Tortosa antigua
Item, en todos los otros bienes muebles e inmuebles hago heredero mío universal a Llois Francesc Cayxí hijo mío y de dicha Isabel Font mujer mía bajo tal parte, vínculo y condición que si muere mi hijo, lo que Dios no quiera, y no hubiera hijos legítimos y naturales y de legítimo matrimonio en tal caso quiero y mando que dicha mi herencia sea y prevengo a dicha Angela Cayxí , hija mía si vive y si no a sus hijos y descendientes de aquella, y si caso sería que dicha hija mía muriera sin hijos, quiero que en ese caso mi herencia pasara a Llois y Ramón Cayxí mis hermanos, si viven, serán -si no – sus hijos y descendientes de aquellos por partes iguales entre ellos beneficiarios ,con tal condición sucediendo en este caso a dicha mi herencia, sean obligados a donar a María Cayxí y de Calbet y viuda de Llois Calbet el Ferrer y a Esperanza Cayxí, mujer de Agostí Vineyma, torner, hermanas mías, si viven serán- si no a sus hijos y descendientes de aquellas, cuarenta libras moneda, con 20 sueldos a cualquiera de ellos, como es mi intención y voluntad y no en otra manera.

Figura 2.- Primera Página del testamento de Llois Cayxí. Archivos Municipales de Tortosa.
Item, dejo como tutores y curadores de las personas y bienes de los dichos Angela Cayxí , de edad de nueve años y de LLois Francesc Cayxí de edad de 17 meses, poco mas o menos a los dichos mis hermanos LLois y Ramón Cayxí nueve mil libras y …
Item, dejo al dicho LLois Cayxí mi hermano,17 barcellas de cebada.
Item, dejo a los dichos mis dos hermanos por resta de 50 libras de cera cuatro libras y tres sueldos todos los cuales partidas y deudas quiero y ordeno sean satisfechas de mis bienes.
Item, Confieso deber a los dichos mis hermanos cinco quarteres de trigos que me han prestado .
Item, Seis libras y siete sueldos que me han prestado graciosamente.
Item, de otra parte los dichos 17 sueldos que me han prestado de diez arrobas y media de harina.
Item, hago memoria que entre mi y mis hermanos hay muchas otras deudas y presas que han de aclarar, y algunas partidas que me han de devolver mis hermanos, de las cuales no están al presente hechas memorias, sino que confío en la bondad y legalidad de aquellos, Llois y Ramon Cayxí, hermanos míos y a Antoni de Benisanet, tío mío, cuidar de las personas y bienes de los dichos mis hijos , y como yo de ellos mucho confío,
Este es mi último testamento, el cual,
Conformo
Testigos: Llois Moyet, Ferrer menor, y Miquel Royo, scudeller de Tortosa.
COMENTARIO DEL AUTOR
El esquema del testamento, redactado en catalán, que LLois Caixí Abencomeix dicta en su lecho, no difiere de las fórmulas habituales que emplean los escribanos para estos documentos. Si acaso, faltan los párrafos habituales, en los que el testador se encomienda a la Santísima Trinidad, a Jesucristo y a su madre la Virgen María. Sin embargo, el primer bloque de las disposiciones testamentarias resuelve el prioritario asunto de la satisfacción de las deudas adquiridas en vida, de los detalles de su entierro en el vaso de la Iglesia y de los mandatos que mejoraran su pase a la otra vida, en forma de misas, y número de capellanes y religiosos que han de participar en los actos de su entierro.
Tras este primer bloque de disposiciones, el testamento aborda un segundo capítulo que determina la voluntad del testador acerca de como se distribuirá el monto de sus bienes. Siendo, como es, una sucesión que prioriza al hijo varón en lo que se refiere a bienes inmuebles, (sea o no el primogénito ), deja a su hija Ángela una considerable suma en moneda (200 libras), con la condición de que quede «apartada» de otros de sus bienes. Consecuentemente deja a su hijo Llois, de menor edad que Ángela, heredero universal de los muebles e inmuebles que constituyen su patrimonio.
La línea de sucesión como beneficiarios herederos sigue la norma habitual:
Hijo varón >nietos del hijo >Hija > Nietos de la hija >Hermanos >Hijos o descendientes de sus hermanos > Finalmente sus hermanas e hijos de sus hermanas recibirán 40 Libras de los descendiente de los hermanos del testador.
El resto del Testamento se dedica a saldar las deudas con sus hermanos y aclarar las deudas contraídas por éstos con el testador.Esta relación evidencia que en algún aspecto las relaciones familiares son bastante estrechas, dado que se habla de deudas y negocios no escritos y sujetos a la buena fe de las relaciones entre hermanos.
Tres bloques de linaje aparece en el testamento: Los Caixí, los Abencomeix y los Fons. En el caso de estos últimos, son cristianos viejos, lo que redundará en la exclusión de las listas de expulsados, ya que el hecho de «estar mezclados» fue uno de los criterios, no el único, que impuso en 1610 Pedro Manrique, Obispo de Tortosa, para redactar los listados de exentos de la expulsión.
Por lo que se refiere a los Caixí, es un linaje asentado sobre todo en la Vilanova de Tortosa. Unos 30 individuos constan en nuestra base de datos con ese apellido, de los cuales unos serán expulsados en 1610,caso de Pere Caixí, al que se le expropian en la expulsión tres casas en la Vilanova de Tortosa, otros aparecen exceptuados en los listados del Obispo Manrique como Raimundo Caixí , su esposa y un hijo y otros retornarán del exilio para volver a sus hogares, como Lluc Caixí y su esposa, aunque se le habían expropiado sus bienes en el momento de la expulsión.
El otro linaje, el de la madre de Llois Caixi Abencomeix, Joana Abencomeix, correponde igualmente a un grupo familiar de Tortosa. El apellido lo llevan mas de 11 moriscos de la localidad en nuestra base de datos .Expulsados serán Miquel Abencomeix, a quien se le expropian 2 casas en la Vilanova y una finca de moreras en la Huerta de Bitem. (2). Otro Abencomeix expulsado es LLois Abencomeix alias Lo Pobre, cuyos bienes, escasos a lo que deduce de su alias, serán incautados, y alquilados en el momento de le expulsión.
Cuando se listó a los moriscos que bebían vino y comían tocino,( prueba irrefutable para la Iglesia de su cristiandad), aparecen dos Abencomeix, Jaume y LLois, de Tivenys, aunque Llois se había criado en Tortosa, que cumplian la premisa gastronómica que les favorecía para quedarse y eludir la expulsión. Este LLois ,su mujer e hijo estarán en las listas definitvas de no-expulsados.
NOTAS
(1) Serra i Puig, Eva: «Els moriscs de realenc de les terres del Ebre: L´administració de Galcerán Albanell, batle i alcaid de la Batlia de Tortosa ( de 30 de Març de 1611 a 2 de Març de 1612) «. Manuscrits, número 28, 2010.